No se puede (ni se debe) intervenir TV3

Publicado originalmente en Periodismo Global, la otra mirada.

tv3 k71e 620x349abcLa aplicación del art. 155 de la CE para intervenir la autonomía de Cataluña es un fracaso colectivo del que España tardará muchos años en recuperarse. Se sabe como se entra (a veces me parece que ni siquiera eso), pero no se sabe como se sale.

Entre las medidas anunciadas, la posible intervención de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales  (CCMA) ha generado una condena casi generalizada entre periodistas y organizaciones sindicales de Cataluña y el resto de España.

El argumento más repetido es que sería como poner a la zorra a cuidar el gallinero: el gobierno Rajoy ha hecho un uso partidista de RTVE, como acreditan las reiteradas y documentadas denuncias de los consejos de Informativo de la Corporación. Pero prácticamente nadie ha recurrido a argumentos jurídico, que en este caso son esenciales.

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Extracto de la nota de prensa del Consejo de Ministros que decide activar el art. 155 CE

La Generalitat no puede intervenir la CCMA y, por tanto, tampoco el Gobierno

Como estuve tuiteando a lo largo del fin de semana, intervenir la CCMA no sería reestablecer la legalidad (uno de los objetivos que el acuerdo del Consejo de Ministros invoca para la activación del art. 155) sino vulnerarla. Parte  del ordenamiento jurídico son las leyes catalanas que encomiendan el servicio público audiovisual a la CCMA y establecen su autonomía funcional, sin que el Govern de la Generalitat, cuyas competencias vendría a asumir el Gobierno de España, tenga ninguna capacidad de intervenir su funcionamiento.

En la nota de prensa del Consejo de Ministros, cuyo extracto se recoge más arriba, se invocan las facultades de la Generalitat para garantizar la transmisión de información objetiva, veraz, plural, así como el conocimiento de los valores y principios constitucionales y estatutarios, citando dos (entre dieciséis) de las misiones  específicas de servicio público que el art. 26 de Ley 22/2005 de la comunicación audiovisual de Cataluña   impone a la CCMA, como prestador del servicio de gestión directa de la Generalitat. Ni este artículo ni ningún otro de la Ley 22/2005 reserva a la Generalitad competencia alguna de control o intervención sobre la CCMA. Muy al contrario, el art. 29 1 a) afirma expresamente su autonomía con relación al Govern en la gestión directa y ordinario del servicio público.

El Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC), órgano regulador de la comunicación audiovisual en la Comunidad Autónoma (L. 11/2007, art. 113) no tiene competencias ejecutivas sobre la CCMA (sí sobre los operadores privados), pero puede -y lo hace- emitir dictámenes sobre su cumplimiento de las obligaciones de servicio público.

La Ley 11/2007 de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales (texto consolidado después de la reforma de 2012) adscribe a la Corporación al departamento de la Generalitat competente en materia audiovisual, para consagrar a continuación su independencia funcional (art. 3, puntos 2 y 3).

La gestión y dirección queda a cargo de un Consejo de Gobierno de 6 miembros, nombrados por un plazo de seis años por el Parlament,  que también elige entre ellos al Presidente. Ni uno ni otros pueden ser destituidos por el Govern y solo cesan por causas tasadas (inhabilitación, incompatibilidad sobrevenida, condena por delitos dolosos, art. 9.4).

En resumen, ni la Generalitat ni el Gobierno pueden nombrar ni cesar a los consejeros o al presidente, ni pueden darles instrucciones en la gestión del servicio público.

El art. 155 CE permite al Gobierno adoptar medidas para que el ejecutivo de la Comunidad Autónoma que incumpla la Constitución, las leyes o atente al interés general de España cumpla sus obligaciones. Su aplicación no puede dar cobertura a una vulneración de la leyes autonómicas legítimamente promulgadas que no sean contrarias a la Constitución, como es el caso. Otra cosa es dejar en suspenso el Estado de derecho.

No se olvide, además, que el servicio público se fundamenta en el acceso universal como vía para el ejercicio del derecho ciudadano a la información. Además, de modo directo se vería afectada la independencia y el derecho a informar de sus profesionales. La intervención de TV3 nos pondría al mismo nivel que la Hungría de Orban o la Polonia de Kaczyński.

La traición al servicio público

Entonces, ¿es independiente de hecho del Govern la CCMA? No, no lo es, como no lo es, RTVE. En ambos casos, sus consejos y presidentes son elegidos, de hecho, por sus respectivos gobiernos. En virtud de sendas reformas de 2012, en las que el PP y CiU se apoyaron mutuamente, los gestores se eligen por mayoría de 2/3, que de no alcanzarse se convierte en mayoría absoluta, lo que pone su nombramiento en manos de los respectivos gobiernos. La gubernamentalización ha redundado en manipulación, pérdida de audiencias y descrédito informativo. TVE y TV3 son -en expresión del profesor Bustamante- dos caras simétricas y deformadas del conflicto.

No sigo ni la televisión ni la radio pública catalana, por eso no puedo juzgar si son plenamente ciertas las denuncias de adoctrinamiento. La historia de TV3 hasta 2012 es de una relativa imparcialidad política institucional, mayor que la de TVE, salvo en el corto periodo 2006-2011.

En este momento, ambas radiotelevisiones públicas son claramente dependientes de la política informatica de sus gobiernos. En el caso de TVE las manipulacions son tan burdas que hasta el espectador más desapercibido las nota.

En TV3, dando por buenos los múltiples relatos y descripciones sobre sus informativos y programas, creo que la clave reside en que ha venido dando al procès el tratamiento de lo que Dayan y Katz llamaron “acontecimiento mediático de conquista”, es decir la dramatización de una iniciativa política que pretende unir a la audiencia a su alrededor. Si en el análisis clásico de Dayan y Katz, estos acontecimientos mediáticos eran dirigidos por un personaje carismático, aquí el protagonista ha sido el poble de Catalunya.

Desde esta perspectiva, todo vale, ya no estamos ante manipulación sino ante mecanismos de agit-prop. En esta situación, poco valor tienen los análisis de contenidos como el del CAC, que valora el pluralismo (mayor en TV3 que en TVE) por las fuentes utilizadas. Cuando se construye la república independiente todo vale.

Tratamiento semejante al que puede dar TVE a la Fiesta Nacional, a la boda real (acontecimiento de celebración) o a la victoria de la selección nacional (acontecimiento de competición). Da igual que haya voces discrepantes, lo que cuenta es el tono general apoteósico y de “unidad nacional”.

¡Ojo! No es que TV3 formatee la conciencia de los catalanes, es que expresa la división de la sociedad: la televisión pública aglutina a los más catalonaparlantes, independentistas y  votantes de Junts pel Sí y la CUP.

Todo esto no se soluciona poniendo a la CCMA a las órdenes de La Moncloa, muy al contrario: intentar que TV3 sea un clon de TVE es imposible y solo dará más argumentos al independentismo.

Lo terrible de todo esto es que redundará aún más en la deslegitimación del servicio público.

 

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